El Gobierno Nacional ha dictado una legislación que trae importantes consecuencias para las cooperativas de distribución de electricidad. Las conducciones de estas cooperativas están acostumbradas a un esquema de administración ya perimido, opaco, que ha terminado en un servicio deficiente, con perjuicios para los usuarios. Muchas están en grave situación económica y operativa, hipotecadas con planes de pago en el marco del DNU 186/25 que agrega una carga dineraria más a la ya difícil situación en la que apenas pueden pagar los gastos corrientes. El DNU 450/2025 puede matarlas directamente o es posible que si sus conducciones entienden que hay un nuevo régimen y se adaptan, pueden conseguir salir a flote. Entre los beneficios que pueden aprovechar están estos:
1.Acceso a contratación directa de energía. Ya no dependerán exclusivamente de CAMMESA; podrán negociar contratos propios con generadores o comercializadores, lo cual puede reducir costos si logran buenos acuerdos.
2.Mayor transparencia y legitimidad. El nuevo esquema tarifario y la obligación de desglosar impuestos puede fortalecer su relación con el usuario, mostrando que no son responsables de aumentos por cargas externas. Salir del oscurantismo y secretismo como hasta hoy les ha sido perjudicial.
3.Participación en proyectos regionales o renovables. Se abre la posibilidad de integrar proyectos locales (por ej., solares comunitarios) o participar en consorcios de compra junto con otras cooperativas. O acuerdos con parques eólicos de cercanía.
4.Reconocimiento institucional y social. Si se adaptan bien, pueden mostrar eficiencia y compromiso social frente a otros actores más comerciales. El peligro, como en España, que las empresas grandes creen empresas comercializadoras y comercialicen con mas ventajas en áreas hoy monopólicas de las cooperativas es grande.
Por otro lado, hay riesgos potenciales como estos:
1.-Incremento de riesgos comerciales: Las distribuidoras deberán gestionar contratos de compra en el MEM y enfrentar potenciales oscilaciones de precios, lo que implica una mayor exposición financiera. Con posible falta falta de capacidad técnica para operar en el MEM, en una actividad que no forma parte de su actividad habitual. Pueden terminar pagando más caro o firmando contratos desventajosos.
2.-Carga operativa en la etapa de transición: Tienen un plazo de 24 meses para adaptar su gestión contractual y tarifaria al nuevo marco, lo que implicará ajustes técnicos, administrativos y regulatorios. Tendrán que facturar solo la parte de distribución a usuarios que hayan contratado energía con otro proveedor. La facturación compartida y más compleja.
3.-Riesgo regulatorio y competencia: Están expuestas a sanciones por incumplimiento (multas entre $130.000 y $140 millones) y a controles más estrictos del nuevo regulador
4.-Presión para eliminar cargos locales: La prohibición de trasladar cargas impositivas locales puede impactar los ingresos por distribución que las distribuidoras antes percibían indirectamente.
5.- Pérdida de grandes usuarios. El DNU permite que grandes consumidores (comerciales, industriales, incluso edificios con consumo relevante) contraten directamente con comercializadoras. Esto implica que las distribuidoras pueden perder clientes clave, que actualmente les generan una parte significativa del ingreso.
Ejemplo: una planta láctea o cerealera local que antes compraba toda su energía a la cooperativa ahora puede contratar directamente con un comercializador que le ofrezca menor precio. O los parques industriales.
6.- Competencia por usuarios residenciales en el futuro. Aunque hoy el DNU se enfoca en liberar el mercado mayorista, abre la puerta a una mayor liberalización futura. Las comercializadoras podrían en un futuro intermediar también con usuarios residenciales o pequeños comercios, erosionando la base de usuarios cautivos de las cooperativas. Esto ya ocurre en países como España, Italia o Brasil.
7. Captura de márgenes comerciales. Las comercializadoras buscarán captar márgenes en la venta de energía que antes solo recibían las distribuidoras. Esto puede poner presión sobre las tarifas de distribución, obligando a las distribuidoras a justificar mejor sus costos y eficiencia ante los entes reguladores.
8.- Pérdida de control del vínculo con el usuario. Al perder el rol de proveedor único, las distribuidoras pueden quedar reducidas a un rol “técnico” de gestión de redes, mientras que las comercializadoras asumen la relación comercial. Esto debilita el rol institucional de la cooperativa, especialmente en pueblos donde son una figura comunitaria importante.
7.- Saneamiento operativo. La competencia denunciará las líneas clandestinas, los colgados, los beneficios a «instituciones amigas» y a los amigos, que perjudican al resto de los usuarios y hace deficiente la red eléctrica.
8.-Amenaza de “cherry picking”. Las comercializadoras buscarán los clientes más rentables (grandes consumidores, buen cumplimiento, bajo riesgo). Las distribuidoras quedarán con los usuarios más caros y difíciles de atender (baja densidad, zonas rurales, usuarios morosos, zonas donde la red funciona de manera deficiente).
¿Qué hacer?
Hay chances de salir beneficiada una cooperativa si sus conducciones cambian el enfoque tradicional, si cambian de mentalidad, porque ahora es adaptarse o desaparecer. Habrá sobrevivencia y beneficios si las cooperativas distribuidoras:
Se adaptan y se pasan de “prestadora pasiva” a “gestora proactiva del servicio y contratos energéticos”.
Si se asocian con otras para negociar energía (compra conjunta en bloque). Negocian con los parques eólicos de cercanía.
Acceden a financiamiento específico para adaptarse al nuevo marco regulatorio. Aprovechan su cercanía con el usuario para diferenciarse en calidad de servicio. Ofrecer servicios complementarios: asesoramiento técnico, mantenimiento, eficiencia energética.
Presionan por regulación que garantice equilibrio: evitar “cherry picking” sin que haya compensación para quienes quedan con los usuarios de mayor costo.
El DNU 450/2025 redefine el rol de las distribuidoras: ya no son meras operadoras del sistema, sino actores comerciales activos que deben competir, innovar y garantizar transparencia.
Las claves de éxito:
- Adaptarse al cambio cultural, político, económico actual.
- Cambio de mentalidad para la gestión.
- Flexibilidad para negociar energía competitiva.
- Solidez operativa y legal.
- Transparencia ante usuarios y reguladores.
- Capacidad de adaptación tecnológica y financiera.
Por Walter Hego para El Informante – Energía, Oil & Gas y Minería
